Parole in Place (PIP)
Noticias de Moreno Law Office, LLC Abogada Madeleine Moreno. Lunes, 19 de Agosto 20204. NUEVA PROTECCION MIGRATORIA LLAMADA PIP AYUDARA A VARIOS QUE NO TIENEN ESTADO MIGRATORIO A CALIFICAR POR PERMISO DE EMPLEO Y RESIDENCIA PERMANENTE (GREEN CARD). USCIS anuncio que considerará las solicitudes de personas que están en proceso de deportación o que tienen una deportación previa si pueden demostrar que hay factores positivos y humanitarios para que califiquen. USCIS tiene discreción y tomaran factores relevantes antes de hacer una decisión y pueden negar la solicitud si deciden que usted no merece PIP después de examinar todos los factores positivos y negativos de su caso.
Solicitud de Libertad Condicional /Parole In Place (PIP) para ciertos cónyuges (esposos(as)) de ciudadanos Americanos e hijastros de ciudadanos de EE.UU. comienza el lunes, 19 de Agosto 2024.
Quién puede presentar la solicitud:
-
Para calificar debe ser el esposo(a) de un ciudadano(a) Americana(o) de los Estados Unidos o un hijastro(a) de un ciudadano(a) Americano(a) de los Estados Unidos. Debe demostrar los siguiente:
-
Que usted está físicamente presente en los Estados Unidos y que entro ilegalmente a los Estados Unidos o cruzo la frontera o no fue inspeccionado al entrar a los Estados Unidos. Las personas que entraron a los Estados Unidos con una visa de no-inmigrante (visa de turista, visa de estudiante o fueron inspeccionados al entrar) no califican para esta protección así su visa se haiga expirado y no tiene estado migratorio.
-
Que usted ha estado presente físicamente de forma continua en los Estados Unidos es decir no salió del país si 1) Desde el 17 de junio de 2014, si solicita la protección de PIP como cónyuge (esposo(a)) de un ciudadano estadounidense; o 2) Desde el 17 de junio de 2024, si solicita la protección de PIP como hijastro de un ciudadano estadounidense;
-
Debe tener un matrimonio legalmente válido con un ciudadano de los Estados Unidos (debe haberse casado antes de el 17 de junio de 2024 o en ese día), si busca la protección de PIP como el cónyuge (esposo(a) de un ciudadano de Estados Unidos; o
-
Si busca la protección de PIP como hijastro(a) de un ciudadano de los Estados Unidos sus padres deben haberse casado antes que usted el hijastro(a) cumpla 18 años; debe demostrar que usted estuvo presente físicamente en los Estados Unidos en Junio 17, 2024; que sus padres tienen un matrimonio legalmente valido y que no tiene antecedentes penales descalificantes; y no representa una amenaza para la seguridad nacional y la seguridad pública.
-
USCIS también anunció que incluso si usted cumple con los criterios para que le den PIP, USCIS tiene la discreción de negar su solicitud si determinan que no merece la protección. Antes de hacer una decisión USCIS examinara todos los factores positivos y negativos de su caso. También dijo que si usted está en proceso de deportación (viendo a un Juez de Inmigración o asistiendo a la Corte de Inmigración) o tiene una orden de deportación (expulsión) que usted puede solicitar la protección de PIP. USCIS analizara los factores y evidencias que presente a su favor o razones humanitarias para darle la protección si lo merece.
Por favor llame a Moreno Law Office, LLC Abogada Madeleine Moreno para programar una cita.
Teléfono de voz 508-798-5291
Texto: 401-651-4151
Dirección: 2 Foster Street Suite#203 Worcester, MA 01608
E-Mail: morenolawoffice@yahoo.com
Website: https://www.morenolawoffice.com
Tenemos consultas disponibles en persona y por teléfono. Consultas solo con cita previa. Por favor, tenga en cuenta que esta información no se considera asesoramiento legal y sólo se da con fines informativos.